Silenciar la crónica no borra la historia: entre la ley y la música

Durante la celebración de Año Nuevo, escuchaba con atención la música y las letras de las canciones que amenizaban la velada. Ritmos que evocaban alegría, fiesta, amor, desamor, nostalgia e incluso dolor, pero llamaban particularmente la atención aquellas canciones que relataban situaciones de la vida cotidiana, entendiendo que, en la música, se encuentran mensajes públicos que no solo entretienen, sino que también reflejan nuestra historia, cultura y, con frecuencia, contradicciones sociales, ejemplo de ello son los corridos, género musical y narrativo tradicional mexicano, que funciona como crónica cantada de hechos reales o simbólicos.
Dicho género surgió en México a principios del siglo XIX, influido por la tradición de la romanza española, adaptándose para relatar batallas, tragedias y hazañas heroicas y contar historias locales, informando a la población sucesos importantes, conflictos y personajes destacados. Estas piezas funcionaban como un periódico del pueblo en forma de canción, abordando temas como honor, valentía, justicia, traición, amor y muerte de manera narrativa más que gráfica. Fue durante la Revolución cuando los corridos alcanzaron su máximo esplendor: narraban batallas, injusticias sociales y hazañas de revolucionarios, difundiendo ideas, levantando el ánimo y preservando la memoria histórica de la sociedad mexicana.
En el siglo XX, evolucionaron para reflejar nuevas realidades, como la migración a Estados Unidos, la vida en la frontera y los problemas económicos y sociales, surgiendo diferentes estilos y tipos derivados de su temática. Ejemplo de ello son denominados narcocorridos, cuyo eje central es la narrativa de historias vinculadas al narcotráfico, la violencia y el crimen, por lo que se asocian con la apología del delito, entendida como la defensa, exaltación o alabanza pública de hechos delictivos o de quienes los cometen, y que pueden inducir a otros a replicar dichas conductas o presentarlas como aceptables.
Para que esta conducta sea considerada delito, deben cumplirse tres condiciones: a) difusión pública frente a terceros o a través de medios con alcance social; b) alabanza o justificación del acto ilícito o de sus autores; y c) riesgo de imitación, es decir, la posibilidad de inducir a otros a cometer el delito. Si estas se cumplen, la ley mexicana establece sanciones específicas. A nivel federal el Código Penal, regula la apología del delito, estableciendo sanciones y un enfoque restaurativo que busca más que castigar, generar una reparación social. Si el delito promovido llega a cometerse, la persona responsable de la apología puede ser considerada partícipe y enfrentar penas equivalentes al delito consumado.
En Chihuahua, no se encuentra regulado como delito, sin embargo, la Fiscalía General del Estado tiene la facultad de investigar conductas relacionadas, aplicando figuras como instigación, complicidad o participación en los delitos. Cuando el alcance es nacional, quién interviene es la Fiscalía General de la República. Esto significa que, cualquier conducta que promueva o glorifique un crimen puede ser investigada, aunque la tipificación estatal sea menos específica que la federal.
En Ciudad Juárez, el Ayuntamiento modificó el Reglamento Municipal de Espectáculos para impedir que en eventos masivos (conciertos, ferias, espectáculos públicos) se interpreten o reproduzcan narcocorridos que hagan apología del delito, imponiendo sanciones económicas a los organizadores que incumplan. Esto no implica una prohibición absoluta ya que no está prohibido escuchar narcocorridos en privado, sino que esta regulación busca controlar su promoción en presentaciones públicas.
Aun así, en algunos contextos se aplica la censura, prohibiendo conciertos, vetando canciones y castigando artistas con el argumento de no “normalizar” la violencia; medidas contradictorias frente a géneros tan violentos como el reguetón, que promueve la cosificación de mujeres, el culto al dinero, la drogadicción y la hipersexualización, pero cuya reproducción permanece libre, incluso es promovida masivamente. Esta censura selectiva limita una expresión cultural ligada a la identidad popular, mientras que otras se permiten y se promueven globalmente por su rentabilidad y aceptación social. No se trata de defender un género musical u otro, sino de cuestionar los criterios que limitan las manifestaciones culturales, dada su influencia social en la percepción de éxito, el poder y las relaciones sociales.
La línea entre cultura y delito puede ser especialmente delgada; por ello, prohibir canciones por sí solo no elimina las violencias ni soluciona las desigualdades. El verdadero desafío radica en promover una educación crítica, una comprensión histórica y una reflexión social que permitan distinguir con claridad entre la narrativa cultural y la promoción de conductas violentas o criminales, pues silenciar la crónica no borra la historia.
Rosa Isabel Medina Parra / Doctora




