¿Revocación de mandato solo en el papel? Cuestionan criterio del TEE en caso Cruz Pérez Cuéllar

Plan Estratégico de Juárez advirtió que el criterio utilizado por el Tribunal Estatal Electoral para cancelar por inviabilidad temporal el procedimiento de revocación de mandato contra Cruz Pérez Cuéllar vuelve prácticamente inaplicable ese instrumento de participación ciudadana en Chihuahua.
Abelamar Chacón, responsable de Contraloría Social de la organización, sostuvo que la resolución representa un retroceso para la Ley de Participación Ciudadana y cuestionó que la interpretación adoptada por el tribunal termine cerrando, en los hechos, la posibilidad de activar ese mecanismo contra presidentes municipales.
El TEE resolvió, a partir de un juicio promovido por el alcalde con licencia, que la jornada de votación para una revocación no puede desarrollarse mientras esté en curso un proceso electoral federal o local.
El problema, según Plan Estratégico, es que la propia ley establece que la revocación de mandato sólo puede solicitarse a partir de la segunda mitad de la administración, por lo que en gobiernos municipales de tres años ese periodo inevitablemente puede coincidir con el arranque del siguiente proceso electoral.
“Esos argumentos con los que se impugnó y a los que el tribunal les dio la razón están prácticamente desapareciendo la posibilidad de que la ciudadanía vuelva a activar ese mecanismo”.
Chacón sostuvo que, bajo esa interpretación, la revocación de mandato podría quedar reducida a “letra muerta”, no sólo para presidencias municipales, sino eventualmente también para sindicaturas y diputaciones.
La organización considera que el criterio judicial crea una contradicción práctica entre los tiempos previstos en la Ley de Participación Ciudadana y las restricciones aplicables durante los procesos electorales.
El activista también recordó que reformas recientes ya endurecieron los requisitos para solicitar la revocación del mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo estatal, al elevar el umbral de respaldo ciudadano de 5 a 10 por ciento de la lista nominal e incorporar exigencias territoriales para la recolección de firmas.
Desde su perspectiva, esas modificaciones y la reciente resolución del TEE reducen cada vez más la viabilidad de utilizar mecanismos de democracia directa en Chihuahua.
“El Tribunal Estatal les dio la razón, yo considero que equivocadamente, y esto pone en jaque el instrumento de revocación de mandato”.
La resolución dejó sin efecto las actuaciones previamente autorizadas por el Instituto Estatal Electoral, incluida la etapa de recolección de firmas para impulsar la revocación contra Pérez Cuéllar.
El señalamiento de Plan Estratégico corresponde a la interpretación de la organización sobre los efectos de la sentencia; el alcance definitivo del criterio dependerá de futuras resoluciones y de posibles cambios legislativos.




