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Protegen 1 millón de metros cuadrados en Cozumel como zona ambiental

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), encabezada por Alicia Bárcena, formalizó el acuerdo que asigna prácticamente el 0.22 por ciento de la totalidad de la isla de Cozumel como lugar exclusivamente para investigación, monitoreo y educación ambiental.

Esta medida no transfiere la propiedad del terreno, lo que significa que no es expropiación y se mantienen los actuales dueños, pero, verán restringidas actividades que no abonen a los fines ambientales y académicos.

El documento fue elaborado hace un mes, el 27 de marzo, y hoy se publica de 2026, mediante el cual se asigna al resguardo ambiental de la Conanp una superficie total de 1,112,476.050 metros cuadrados, distribuida en 28 polígonos, ubicados de Punta Sur a Punta Molas, en la zona oriente de la isla de Cozumel, Quintana Roo.

El uso autorizado está alineado con la protección del Parque Nacional Arrecifes de Cozumel y el Área de Protección de Flora y Fauna de la isla, por lo que las actividades deberán enfocarse en el estudio científico, la vigilancia ambiental y la educación ecológica.

Además, el documento establece que se trata de una zona federal marítimo terrestre considerada como bien de uso común, inalienable, imprescriptible e inembargable, lo que refuerza su carácter público y su imposibilidad de privatización.

El acuerdo establece que la Conanp no adquiere la propiedad del terreno, sino únicamente el derecho de uso. Este puede ser retirado si la superficie se destina a fines distintos, deja de utilizarse o se incumplen las condiciones establecidas.

Asimismo, se prohíben actividades comerciales, construcciones sin autorización, cercar la zona o cualquier acción que limite el libre tránsito.

Restricciones clave
La CONANP deberá abstenerse de:

Realizar obras, construcciones o instalaciones sin autorización previa
Cercar, delimitar o restringir el libre tránsito en la zona
Almacenar residuos de manera permanente
Realizar descargas residuales al mar
Modificar la morfología del área o sus condiciones naturales
Llevar a cabo actividades con fines lucrativos
Remover la vegetación natural o alterar el suelo
La Semarnat podrá modificar los límites del área en cualquier momento y retirar el uso si la superficie se destina a fines distintos o deja de ser necesaria.

Asimismo, la dependencia será responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones ambientales.

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