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Ley de GN permitirá a elementos postularse para ¡políticos!

Comenzó el periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión que incluye -entre otras- una propuesta de la presidenta Claudia Sheinbaum para expedir la nueva Ley de la Guardia Nacional. Al respecto alertó la bancada de MC en la Cámara de Diputados.

El artículo 44 de la nueva ley contempla la figura de “licencia especial”. Será facultad del titular del Ejecutivo Federal (Presidente del país) o del titular de la Secretaría de Defensa Nacional (Defensa) otorgarla. Así lo indica:

III. La licencia especial es la que se concede o en la que se coloca al personal militar con formación policial integrante de la Guardia Nacional, para:

a) Desempeñar cargos de elección popular;

b) Cuando la persona titular del Ejecutivo Federal los nombre para el desempeño de una actividad ajena a la Guardia Nacional, y

c) Desempeñar actividades o empleos civiles en dependencias del Ejecutivo Federal, de los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios, en organismos descentralizados o empresas de participación estatal y otras dependencias públicas, siempre que esas actividades o empleos requieran separarse temporalmente de sus funciones de seguridad pública para estar en aptitud legal de desempeñarlos.

Con esta reforma, los guardias nacionales podrán recibir permiso de Defensa o del Ejecutivo para separarse de su cargo temporalmente y postularse a puestos de elección popular, desde regidores y presidentes municipales, pasando por diputados locales y federales, senadores, y no descarta la posibilidad de contender por la Presidencia de la República.

Militares excluidos de la política.

En México, la Constitución establece el principio fundamental de que el poder militar debe estar subordinado al poder civil.

El artículo 55 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala los requisitos para ser diputado federal, y el artículo 82 establece los requisitos para ser presidente. Ambos artículos incluyen restricciones para los miembros de las Fuerzas Armadas:

Los militares en activo deben retirarse formalmente del servicio (pasar a situación de retiro o baja definitiva) con por lo menos 90 días de anticipación a la elección, para ser elegibles como candidatos.

México llegó a tener varios militares en el máximo cargo político como fueron los generales Lázaro Cárdenas, Santa Anna o Porfirio Díaz; la Constitución buscó poner cierta restricción para mantener el control civil, como lo es la separación con tiempo de antelación.

Militares podrán ir y volver de la política.

Con la ley de la GN, la novedad sería que sus elementos deben solicitar la licencia especial, sin tener que buscar el retiro o baja definitiva.

Podrán competir en las elecciones, si ganan podrán legislar o gobernar, y cuando finalice su periodo pueden reintegrarse a las fuerza de Seguridad Pública militar que es la GN.

Será votada la reforma en próximas horas y esperan logre la aprobación en las dos cámaras legislativas en próximas horas.

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