Juez autoriza orden de aprehensión contra César Jáuregui, exfiscal de Chihuahua; enfrenta dos acusaciones

Un Juez de Control autorizó una orden de aprehensión contra César Gustavo Jáuregui Moreno, exfiscal general del estado de Chihuahua, por su presunta responsabilidad en los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, de acuerdo con información contenida en la causa penal 3055/2026.
La resolución judicial instruye a los agentes investigadores a localizar y detener al exfuncionario, entregarle una copia del mandamiento judicial y ponerlo a disposición de la autoridad jurisdiccional para continuar con el procedimiento correspondiente.
Según la información proporcionada, el Ministerio Público presentó datos de investigación que fueron considerados suficientes por el juzgador para autorizar la orden de aprehensión. Sin embargo, será durante el proceso cuando se determine si existen elementos para vincularlo a proceso.
¿De qué delitos se le acusa?
Los señalamientos contra Jáuregui Moreno incluyen dos conductas tipificadas en el Código Penal del Estado de Chihuahua.
Ejercicio ilegal del servicio público
El artículo 253 contempla distintas conductas relacionadas con el desempeño irregular de un cargo público. Entre ellas se encuentran ejercer funciones sin nombramiento legítimo, continuar en el puesto después de una suspensión o destitución, desempeñar un cargo estando inhabilitado y hacer uso indebido de información o documentación bajo custodia del funcionario.
El mismo artículo también establece supuestos relacionados con el incumplimiento de obligaciones de vigilancia y protección, así como con la facilitación de actividades prohibidas dentro de establecimientos penitenciarios.
Las sanciones varían según la conducta específica: para los supuestos previstos en las primeras tres fracciones se contemplan de uno a tres años de prisión y multas de 25 a 250 días; para los previstos en las fracciones cuarta a sexta, de dos a siete años de prisión y multas de 50 a 500 días.
Coalición de servidores públicos
Por su parte, el artículo 260 establece sanciones para los servidores públicos que se coaliguen con el propósito de impedir o suspender funciones legislativas, administrativas o jurisdiccionales y adopten medidas contrarias a la ley, impidan su aplicación o ejecución, o dimitan de sus puestos en las condiciones descritas por la norma.
Para este delito se contemplan penas de dos a siete años de prisión y multas de 100 a 300 días. El artículo también establece excepciones para quienes se coaliguen en ejercicio de sus derechos constitucionales o hagan uso del derecho de huelga.
¿Qué sigue en el procedimiento judicial?
Una vez ejecutada la orden, el exfiscal deberá ser presentado ante la autoridad judicial para que se desarrolle la audiencia correspondiente.
En esa etapa, el Ministerio Público tendrá que exponer los hechos que atribuye al exfuncionario y los datos de prueba que respaldan su investigación. La defensa, por su parte, podrá formular los argumentos que considere pertinentes.
El juez determinará si se cumplen los requisitos legales para dictar una vinculación a proceso y, en su caso, resolverá las medidas cautelares que correspondan.
La orden de aprehensión no constituye una sentencia ni demuestra por sí misma que se hayan cometido los delitos señalados. La responsabilidad penal deberá determinarse mediante el procedimiento judicial y con respeto al derecho de defensa y a la presunción de inocencia.



